¿Qué datos debe conocer antes de comenzar la confección de la DDJJ?
Domicilio Tributario en la localidad: Debe indicar obligatoriamente uno. Por lo general se utiliza el mismo del establecimiento.
Datos referidos a su actividad comercial: tales como número de Licencia, Nombre de fantasía, domicilio, fecha de vencimiento del contrato de alquiler y/o comodato (si el inmueble no fuera propio) y fecha de inicio de actividad. (estos datos serán provistos por el sistema y el Ud. podrá modificarlos si hubiera algún error o cambio)
Denominación de las actividades que figuran en su Licencia Comercial como habilitadas y las correspondientes anexiones de rubros si las hubiere (estos datos serán provistos por el sistema)
Códigos de actividades de AFIP y Rentas de la Provincia del Neuquen: Son los que figuran en los formularios de inscripción de AFIP y Rentas. También puede (para el caso de los códigos de AFIP) encontrarlos en la constancia de inscripción de AFIP.
Si usted no es una empresa de servicios públicos, básicamente lo que debe tener en cuenta es el espacio ocupado por mesas, sillas, sombrillas, marquesinas y toldos que se encuentren en espacio público, o sea que avancen más allá de la línea municipal.
En relación al Impuesto a la Promoción Turística (el aporte realizado al ENSATUR), deberá consignar si su negocio posee estacionalidad (por ejemplo una heladería que cierra en invierno o un negocio de alquiler de esquíes), la cantidad de empleados (deberá consignar la del mes de mayor cantidad de los últimos 12 meses anteriores al de la presentación de la DDJJ), la zona (que podrá elegirla de un menú desplegable), y la superficie afectada a la actividad.
Si tiene vehículos afectados a la actividad: deberá indicar el Dominio (la patente) de los mismos.
Por último podrá indicar si así lo desea un domicilio de envío de las boletas diferente al actual y podrá dejar constancia de todas las observaciones que desee y/o diferencias que observe en un campo destinado a tal efecto.
Intentar completar la Declaración Jurada Anual de Comercio sin conocer estos datos obligatorios solo resultará en una DDJJ incompleta y por lo anto imposible de presentar a través del sistema.
Recuerde que la fecha límite para la presentación de la misma es el 30 de junio de 2012 y no hacerlo en tiempo y forma no solo impone una multa, sino que además su clasificación y categorización dentro del nuevo esquema tributario será realizado de oficio por la Secretaría de Economía y Hacienda que estimará los valores de ingresos brutos de su comercio.